Área de práctica

Litigio mercantil y cobranza

Recuperamos lo que te deben: pagarés, facturas, contratos incumplidos y créditos con garantía, primero por la vía extrajudicial y, si hace falta, con juicio ejecutivo y embargo.

Litigio mercantil y cobranza

¿Qué hacemos en materia mercantil?

El litigio mercantil resuelve conflictos entre comerciantes y empresas: cobro de títulos de crédito (pagarés, cheques), incumplimiento de contratos de compraventa, suministro, distribución o servicios, y ejecución de garantías. En Quintana Roo la mayoría de estos asuntos se tramita en juicios orales mercantiles o ejecutivos, que permiten embargar bienes desde el inicio cuando existe un título ejecutivo.

Trabajamos los dos lados de la cobranza: la recuperación de cartera para acreedores (empresas, desarrolladores, arrendadores, instituciones financieras) y la defensa de deudores frente a reclamos excesivos, intereses usurarios o procedimientos irregulares.

Tenemos experiencia particular en la ejecución de garantías hipotecarias y en la cobranza vinculada a operaciones inmobiliarias: rentas vencidas, saldos de compraventa y créditos con garantía sobre inmuebles.

¿Cuándo nos necesitas?

Cuanto antes actúes, más fácil es cobrar. Estos son los casos típicos:

  • Tienes un pagaré, cheque o contrato firmado y el deudor dejó de pagar.
  • Tu empresa acumula facturas vencidas y la cobranza interna ya no funciona.
  • Un inquilino o comprador dejó de pagar rentas o mensualidades de un inmueble.
  • Otorgaste un préstamo con garantía hipotecaria o prendaria y necesitas ejecutarla.
  • Te demandaron por un adeudo y necesitas defenderte o negociar un convenio de pago.
  • Quieres blindar tus contratos y títulos de crédito para que sean cobrables en juicio.

Nuestro proceso

Cobrar bien es cuestión de método: presión temprana, títulos ejecutables y embargo oportuno.

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    Análisis de cobrabilidad

    Revisamos el título o contrato, la solvencia del deudor y sus bienes localizables. Te decimos con franqueza qué se puede recuperar y en cuánto tiempo.

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    Cobranza extrajudicial

    Requerimiento formal, negociación y convenio de pago con garantías. Muchos adeudos se cobran en esta etapa sin costo de juicio.

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    Demanda y embargo

    Presentamos el juicio ejecutivo u oral mercantil y solicitamos el embargo de cuentas, bienes o inmuebles del deudor desde la primera diligencia.

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    Juicio y sentencia

    Litigamos cada etapa con las pruebas del adeudo y neutralizamos las excepciones del deudor.

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    Ejecución y cobro

    Con la sentencia, rematamos los bienes embargados o negociamos el pago final. El objetivo es dinero en tu cuenta, no un papel.

Preguntas frecuentes

Con un título ejecutivo válido (pagaré, cheque, contrato ratificado), el embargo se practica en las primeras semanas y la sentencia suele obtenerse en 6 a 12 meses. La ejecución depende de los bienes localizados.

Ofrecemos esquemas mixtos: una cuota fija por etapa más un porcentaje sobre lo recuperado, o cuota litis pura en carteras seleccionadas. Lo definimos por escrito antes de iniciar.

La acción cambiaria del pagaré prescribe en tres años desde el vencimiento. Después puede quedar la vía ordinaria por el adeudo original, con más requisitos de prueba. Conviene revisarlo cuanto antes.

Sí. Es una de nuestras especialidades: rentas vencidas, saldos de precio, penas convencionales y ejecución de garantías hipotecarias, incluyendo el remate y la adjudicación del inmueble.

Sí. Revisamos que el título y el procedimiento sean válidos, cuestionamos intereses excesivos y negociamos convenios de pago realistas que eviten el embargo.

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